Ya se aplica en Estados Unidos: qué se sabe de la regla de carga pública del DHS y qué evaluará el Uscis

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) puso en vigencia el 18 de septiembre la regla final sobre la causa de inadmisibilidad por carga pública para los solicitantes de green card. La medida deroga la reglamentación de 2022 y le devuelve a los oficiales del Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis) una discreción más amplia para evaluar caso por caso.

Qué cambia en la evaluación de carga pública para el Uscis

  • El Uscis eliminó las definiciones y restricciones de 2022 sobre qué beneficios públicos pueden considerar los oficiales.
  • Los agentes ahora analizan la totalidad de las circunstancias de cada aplicante, en lugar de aplicar un criterio estandarizado.

El Uscis  debe considerar como mínimo cinco factores fijados por la Ley de Inmigración y Nacionalidad: edad, estado de salud, estatus familiar, activos y recursos financieros, y educación y habilidades

  • En ese sentido, la agencia debe considerar como mínimo cinco factores fijados por la Ley de Inmigración y Nacionalidad: edad, estado de salud, estatus familiar, activos y recursos financieros, y educación y habilidades, según la guía publicada por el Uscis.
  • Si el oficial concluye que el solicitante no puede garantizar su autosuficiencia económica, lo declara “carga pública” e inadmisible.

Qué beneficios públicos entran en el nuevo análisis

  • Para los beneficios recibidos antes del 18 de septiembre de 2026, el Uscis solo considera la asistencia en efectivo para mantenimiento de ingresos y la internación institucional de largo plazo a cargo del gobierno.
  • Para los beneficios recibidos a partir del 18 de septiembre de 2026, el organismo puede considerar cualquier beneficio sujeto a evaluación de recursos económicos.
  • El Uscis también puede tomar en cuenta el formulario I-864 (Declaración jurada de patrocinio económico) presentado por un sponsor que garantiza sostén financiero al solicitante.

Quiénes quedan exentos de la medida

  • Están exonerados los refugiados y asilados, las víctimas de trata con visado T, las víctimas de delitos con estatus U y quienes peticionan bajo la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA).
  • También quedan fuera solicitantes de Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) y ciertos beneficiarios de leyes específicas para cubanos, haitianos, nicaragüenses y otros grupos centroamericanos.
  • Si un beneficiario de estas categorías cambia luego a una vía de ajuste común, el oficial sí evaluará sus antecedentes financieros.

Solicitantes del Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) y ciertos beneficiarios de leyes específicas para cubanos o haitianos quedan exceptuados de la normativa

Fianzas de carga pública como alternativa

  • Si el único motivo de inadmisibilidad es la carga pública, el oficial puede invitar al solicitante a presentar una fianza (bono en efectivo o garantía a través de una compañía certificada por el Tesoro).
  • El Uscis calcula el monto de la fianza según la asistencia gubernamental que el solicitante podría recibir en los próximos cinco años.
  • Solo se acepta el formulario I-945 si el Uscis lo solicita mediante un Aviso de Intención de Denegar; no se admiten fianzas espontáneas.

Este contenido fue producido por un equipo de LA NACION con la asistencia de la IA.

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